PRIMACÍA Y SUPREMACÍA DE LA CONSTITUCIÓN FEDERAL SOBRE LAS CONSTITUCIONES ESTATALES O LOCALES.
PRIMACÍA Y SUPREMACÍA DE LA CONSTITUCIÓN FEDERAL SOBRE LAS CONSTITUCIONES ESTATALES O LOCALES.
Desde tiempo atrás el hombre ha
sido regido por una serie de reglas y lineamientos que han aplicado para una
adecuada y sana convivencia, dicha normas, por llamarlas así, en un principio
no se encontraban plasmadas en algún documento que les sirviera de guía para
llevar a cabo la defensa de sus derechos y/o elegir a sus representantes de
manera democrática, éstas acciones en su mayoría eran autoritarias, eran
impuestas por un líder.
Con el paso del tiempo, las
agrupaciones empezaron a crecer, los problemas, conflictos se fueron acentuando
cada vez más no solo por las distintas maneras de pensar, sino, por los
intereses no compartidos, es entonces que surge la necesidad de crear leyes las
cuales son consideradas como el medio para dar inicio a una estructura social
más organizada.
Aunado a lo anterior, y como bien destaca Benítez (2009) “La regla, norma o ley, fue el primer instrumento jurídico utilizado
por quien detentaba el poder para resolver problemas y conflictos. En este
sentido, la ley surge antes que la “Constitución” de las primeras
ciudades-Estado del mundo oriental y occidental”.
Ahora bien, haciendo mención del
punto de supremacía, existe este
principio en la constitución federal, la cual tienen su base en el artículo
133, en la cual se menciona que:
“Esta
Constitución, las leyes del Congreso de la Unión que emanen de ella y todos los
Tratados que estén de acuerdo con la misma, celebrados y que se celebren por el
Presidente de la República, con aprobación del Senado, serán la Ley Suprema de
toda la Unión. Los jueces de cada Estado se arreglarán a dicha Constitución,
leyes y tratados, a pesar de las disposiciones en contrario que pueda haber en
las Constituciones o leyes de los Estados.”
Es decir, que cualquier orden
estatal para poder emitir una ley, ésta no deberá estar por encima de nuestra
carta magna, ya que es la Ley Madre de todo nuestro ordenamiento jurídico
mexicano.
Por su parte, Enríquez (s/f) nos
habla de que la Constitución al ser norma suprema, es “la cúspide de todo el ordenamiento jurídico y hace fluir el principio
de legalidad de los poderes públicos, da seguridad jurídica de los actos de
autoridad, da constitucionalidad en todas las actuaciones realizadas por los
poderes constituidos.”
Es entonces que se puede decir
que el máximo ordenamiento jurídico es la Constitución Federal, a nivel estatal
toda la norma suprema sería la Constitución local, misma que al encontrarse en
controversia con la Constitución Federal, sería esta última quien estaría por
encima de todas, tal y como lo representa la pirámide de kelsel.
Fuentes de Información.
Enríquez, P. (s/f). Régimen constitucional de las entidades
federativas. México: Biblioteca Jurídica Virtual del Instituto de
Investigaciones Jurídicas de la UNAM. Consultado el 12 de diciembre de 2014: http://biblio.juridicas.unam.mx/libros/6/2938/7.pdf
Uribe Benítez, licenciado en
Derecho de la UNAM, hace mención en su libro
Supremacía Constitucional,

son temas muy relevantes los que estamos observando en esta ocasión dada la importancia de la división de poderes para generar los pesos y contra pesos que redunden en la creación de equilibrios los cuales permiten mayor organización observancia,y respeto entre poderes gobiernos e instituciones.
ResponderEliminarasí ¿ como no reconocer ? la autonomía de cada uno de estos,y la supremacía constitucional.